La extensión mínima para poder edificar en el suelo rústico de Llubí quedará establecido en 28.000 metros cuadrados, casi el doble de los 15.000 m2 anteriores. En cuanto a la segregación de fincas rústicas, el mínimo legal pasará de los 30.000 m2 a 200 m2.
Así ha quedado reflejado en la modificación de la normativa urbanística del municipio de Llubí y que fue presentada por el equipo de gobierno (PSM-UM) a los vecinos del municipio. En la modificación del planeamiento también se contempla la posibilidad de arreglar y ampliar las casas de campo siempre que tengan un mínimo de 40 metros cuadrados.
El portavoz del PP, Tomàs Campaner, explicó que su grupo consideraba excesivos los nuevos baremos de 28.000 y 200.000 m2 establecidos por el actual equipo de gobierno. Los populares habían intentado defender propuestas menos conservacionistas.
En la pasada legislatura, el Consistorio aprobó en el pleno, con la abstención del PP y con los votos del PSM y UM, la revisión de las Normas Subsidiarias. Los estudios realizados por el geógrafo Antoni Marcús dio a conocer una serie de datos sobre las edificaciones rústicas.
Con estos datos, según Marcús, si se optaba por los 15.000 metros cuadrados serían 201 las parcelas rústicas que podría edificarse en lugar de las 87 que podrán hacerlo si se aprueba la normativa de los 28.000 metros cuadrados.