Síguenos F Y T L I T R
Caso Begoña Gómez

Veinte minutos de una declaración estéril

En sendos escritos tanto la Fiscalía como la defensa de Begoña Gómez trataron de evitar la citación como testigo de Sánchez, decisión que combatieron sin éxito al no vislumbrar en ella utilidad ni justificación alguna

Javier María Pérez Roldán, abogado de Hazte Oír, realiza declaraciones a los medios. | Efe - ZIPI

| Madrid | |

La expectación mediática alrededor de la declaración del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en La Moncloa, en el marco del caso que investiga a su esposa, Begoña Gómez, ha sido destacada este martes, en línea con la importancia de la que ha sido una jornada histórica. Sin embargo, según fuentes oficiales, la comparecencia de Sánchez ante el juez Juan Carlos Peinado se ha prolongado unos veinte minutos acogiéndose el mandatario español a su derecho a no declarar.

En sendos escritos tanto la Fiscalía como la defensa de Begoña Gómez trataron de evitar la citación como testigo de Sánchez, decisión que combatieron sin éxito al no vislumbrar en ella ni utilidad ni tampoco justificación alguna a la vista de los datos disponibles. El propio presidente, en un escrito dirigido al juez en el que mostró su voluntad de colaborar con la justicia, aludió a un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que fija que la declaración debería haber sido por escrito por razón de su cometido como presidente del Gobierno. «Es notorio que mi comparecencia resulta inescindible de la condición de presidente del Gobierno» señaló.

Sin embargo, este martes Sánchez ha aludido a un argumento judicial para no prestar declaración ante el juez, como es el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exime a cualquier persona citada como testigo en un procedimiento judicial de declarar en contra de su cónyuge. Dicho artículo se aplica a «los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil».

Una reflexión de la coordinadora jurídica de Vox, implicada en la causa que investiga a Begoña Gómez, infería que Sánchez puede que no tuviera obligación legal de declarar en contra de su esposa, pero el presidente no tenía impedimento alguno para prestar declaración sobre otras personas implicadas en el asunto, como el rector de la Complutense o el empresario Juan Carlos Barrabés, quien recientemente transmutó en esta misma cuestión de testigo a investigado. Cabe esperar que el juez encargado de la causa ya sospechara que Pedro Sánchez no declararía en un caso que afecta directamente a su mujer. Pese a todo Peinado insistió en desplazarse hasta La Moncloa con todo lo que ello comporta, declinando la posibilidad de que Sánchez testificara por escrito. La pregunta obvia es para qué tanto ruido un treinta de julio.

Relacionado
Lo más visto