El juez que investiga la presunta financiación irregular de Podemos en el llamado caso 'Neurona' ha decidido mantener como imputado al partido, siguiendo así el criterio de la Fiscalía de Madrid, pero al mismo tiempo ha acordado el sobreseimiento provisional de las pesquisas sobre las obras de la nueva sede de la formación 'morada', una de las patas del caso y que se centraba en la diferencia de precios entre el presupuesto y la ejecución.
El titular del Juzgado de Instrucción Número 42, Juan José Escalonilla, ha rechazado, en un auto del 12 de enero, las pretensiones de Podemos, que en noviembre presentó un nuevo escrito pidiendo que se le retirara la condición de investigado al estimar que, tras la ronda de declaraciones, había quedado acreditado que «no existen indicios de financiación irregular» y, en cualquier caso, que no procede la imputación por delito electoral al ser una persona jurídica.
Escalonilla ha insistido en que existen «indicios de la distracción de dinero de la cuenta electoral designada por dicho partido político para las elecciones generales del 28 de abril de 2019 para un fin distinto al propio de dicha cuenta electoral, que era el pago de los gastos electorales». El juez tiene el foco puesto en el contrato firmado por Podemos con la consultora política Neurona para esos comicios.
En concreto, ha subrayado que existen indicios de que «se trató de un contrato simulado, en cuanto no obedeció a prestación de servicio alguno por parte de dicha mercantil, teniendo como finalidad la de desviar el dinero pagado por dicha formación política en base a dicho contrato a una sociedad mexicana, concretamente a Creative Advice Interactive, vinculada con la sociedad Neurona Consulting».
En este sentido, ha apuntado que, de la propia conducta objeto de investigación, se infiere que el supuesto desvío de dinero desde Podemos a la empresa mexicana «no era en sí mismo el fin de dicha operación, sino que respondía a otra finalidad distinta, que -señaló el denunciante José Manuel Calvente- podía ser la de financiar a partidos extranjeros, a la previa financiación ilegal del propio Podemos a través de microcréditos, o incluso para compensar las cantidades obtenidas a través de una red de financiación ilegal para la propia constitución de dicho partido político en el año 2014 y la promoción de sus miembros a los cargos directivos que actualmente ostentan».
El juez ha recordado que todo ello podría ser constitutivo de un delito de financiación ilegal de partidos políticos del que Podemos puede ser responsable penal porque, según ha afirmado, el programa de Cumplimiento Normativo de la formación 'morada', que podría limitar la responsabilidad penal a los cargos ejecutivos, no resultó «eficaz» a la hora de prevenir o detectar hechos delictivos.
«No cabe apreciar que el programa de Cumplimiento Normativo o 'Compliance Guides' de Podemos resulte eficaz, lo que determina que, siendo objeto de investigación en la presente causa la posible comisión por parte de cargos ejecutivos de dicho partido político de un presunto delito de financiación ilegal, de existir indicios de la comisión de dicho delito resultaría igualmente responsable penal dicho partido político», ha expuesto Escalonilla.
En su opinión, aunque Podemos tiene un programa de Cumplimiento Normativo y un responsable del mismo, que entonces era la abogada Mónica Carmona, no se acató. Así, ha precisado que las reuniones mensuales se celebraron pero que «indiciariamente» se puede concluir que «tanto la gerente (Rocío Esther del Val) como el tesorero (Daniel de Frutos) como el responsable económico-financiero (Juan Manuel del Olmo) eludieron informar a Mónica Carmona» sobre las contrataciones con Neurona y para las obras de la nueva sede.
Para el responsable del 42, «lo anterior resulta claramente expositivo del incumplimiento por parte de las principales figuras ejecutivas de dicho partido político --tal y como así se les denomina en el Plan de Cumplimiento Normativo-- del propio modelo de organización y de prevención, lo que determina que difícilmente pueda entenderse que dicho programa resulta eficaz».
Además, ha resaltado que es «claro reflejo de la inexistencia dentro de dicho partido político de una verdadera cultura de cumplimiento». A ello, ha añadido el «cese fulminate» de Carmona y de su colaborador y denunciante en esta causa, el también abogado José Manuel Calvente, «en cuanto se tuvo conocimiento de las investigaciones llevadas a efecto por su parte», lo cual le «resulta igualmente expositivo de tal falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido político con la cultura ética o cultura de cumplimento».
Al mantener a Podemos como imputado, el juez ha seguido el criterio de la Fiscalía de Madrid, que en un informe de diciembre reiteró los argumentos que dio en octubre ante una petición similar del partido. El Ministerio Público continúa sin ver indicios de que la organización política cometiera un delito de financiación irregular por los contratos que suscribió con Neurona para la campaña electoral de 2019, si bien insistió en mantenerla como investigada por ser «más garantista».
En otro auto fechado ese mismo día, Escalonilla ha ordenado el sobreseimiento provisional de las investigaciones sobre las obras de la nueva sede. En este asunto, se investigaba un presunto delito de apropiación indebida por la diferencia entre los 649.000 euros por los que se licitaron y los más de 1,3 millones de euros por los que se adjudicaron.
El juez ha dado carpetazo a este asunto «no constando acreditado que se produjera una distracción del dinero destinado a la ejecución de las obras de rehabilitación del edificio sito en la calle Francisco Villaespesa 18 de Madrid para pagos u obras ajenas a las propias de dicha rehabilitación».
A su entender, ha quedado acreditado que el baile de cifras se debe a que en el proyecto para obtener la licencia urbanística el arquitecto, Manuel Campos García, se ajustó a una tabla regional de precios de construcción cuya última actualización databa de 2015 y, por tanto, «no conforme con el valor de mercado», que finalmente elevó la adjudicación a 1,2 millones de euros, aunque el coste definitivo fue de 1,49.
Escalonilla ha asumido que el propósito de ajustarse a esas tablas era «pagar un importe inferior por el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO)», ante lo cual ha ordenado dar traslado al Ayuntamiento de Madrid del informe del arquitecto por si procediera hacer «una liquidación final del ICO conforme al valor real de la obra».
Ha concluido asimismo que «no existió una licitación pública real» de las obras porque Podemos hizo una «contratación directa», «incumpliendo de esta manera con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley Orgánica 8/2.007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos». Sin embargo, ha aclarado que esto «no constituye delito alguno».
Por último, ha acordado archivar la investigación sobre presunta revelación de secretos y vulneración de la intimidad, por el supuesto acceso no autorizado al ordenador de la abogada de Podemos Marta Flor y la sustracción del contenido de su disco duro a instancias del secretario de Organización, Alberto Rodríguez, para evitar un posible «chantaje» de ella.
El juez ha indicado que, «no habiéndose interpuesto denuncia ni por dicha letrada ni por el partido político Podemos, procede acordar el sobreseimiento provisional al faltar el requisito de procedibilidad de denuncia previa por parte de dichos perjudicados». Escalonilla ya había archivado las pesquisas sobre la 'Caja B' y el contrato electoral con ABD.