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La UE alerta de que no se puede prohibir la compra de vivienda a no residentes

Ha enviado una respuesta a la eurodiputada Rosa Estaràs en la que descarta estas limitaciones

Dos calles de Calvià. | P. Pellicer

| Palma |

La Comisión Europea alerta de que la intención del Govern de prohibir la compra de vivienda a los no residentes no es viable en estos momentos. La comisaria europea de Servicios financieros, Estabilidad financiera y Unión de los Mercados de Capitales, Mairead McGuinness, asegura que el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíbe las restricciones a los movimientos de capitales relacionados con la adquisición de bienes inmuebles.

La comisaria añade que ello incluye las viviendas y afecta a todos los miembros de la Unión Europea, sean no residentes. La respuesta llega después de que la eurodiputada del PP Rosa Estaràs formulara una pregunta a la Comisión. Estaràs preguntaba si sería posible que los Estados miembros limitaran la adquisición de viviendas a los no residentes, a lo que la comisaria contesta que no. Señala que estas restricciones solo puede estar justificadas por razones de orden público o seguridad pública, «o por razones imperiosas de interés general reconocidas en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea».

La comisaria recuerda que el artículo 65 del Tratado de Funcionamiento de la Unión fija estas limitaciones, y además establece otra condición añadida: las prohibiciones no pueden ser discriminatorias y además deben ser "proporcionadas al objetivo perseguido". Según la comisaria, esto significa que son «adecuadas» para garantizar, de manera coherente y sistemática, «la realización del objetivo perseguido y no van más allá de lo necesario para alcanzarlo».

En su pregunta, la eurodiputada señalaba que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece el principio general de la libre circulación de capitales entre los países de la Unión, lo que incluye los derechos de los ciudadanos a comprar propiedades, como una casa de vacaciones o una residencia secundaria.

Añadía que, si bien la libre circulación se aplica a todos los países de la Unión, en el momento de la adhesión de los nuevos países se negociaron ciertos períodos transitorios y excepciones para la libre circulación de capitales, relacionados también con la compra de propiedades y tierras agrícolas y forestales en países específicos. A partir de ahí preguntaba si eran posibles las limitaciones, a lo que la Comisión ha dicho que no.

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