La campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2022 está a la vuelta de la esquina (el 11 de abril comenzará el plazo para presentarlas) y este año viene cargada de novedades. Los contribuyentes deben prestar especial atención con las deducciones autonómicas, ya que en ocasiones no son tan conocidas como las estatales.
Una de las principales novedades de este año afecta a las hipotecas de tipo variable, ya que el Euribor se ha disparado y las cuotas han subido mucho. Podrán beneficiarse los hipotecados que han sufrido la subida de intereses y no pueden aplicar la deducción estatal; el importe máximo reducible es de 250 euros. Por su parte, los que viven de alquiler se podrán deducir 440 euros por vivienda habitual si son menores de 36 años, tienen alguna discapacidad o pertenecen a una familias numerosa.
También se ha aplicado una deducción a las subvenciones y ayudas concedidas por la CAIB durante 2022 para paliar el impacto de la inflación, de forma que el importe concedido por este concepto no tenga efecto en el tramo autonómico del IRPF. El importe de la deducción es el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen autonómico sobre el importe de la subvención o ayuda integrada en la base liquidable autonómica. Cabe precisar que las personas que hayan recibido los 200 euros del Consell de Mallorca sí tendrán que declararlos, ya que esta ayuda sí está sujeta a retención.
Con la finalidad de ayudar a las familias a conciliar, se aplicará una reducción hasta 660 euros del 40 % de gastos de guardería, centros de educación infantil, comedor o actividades extraescolares para hijos menores de 6 años. La educación también desgrava: hay una deducción por compra de libros de texto de hasta 220 euros por hijo y otra de hasta 110 euros por gastos de aprendizaje de idiomas extranjeros. Además, hay otra deducción de hasta 1.760 euros por cursar estudios universitarios o de grado superior fuera de la isla de residencia habitual.
La solidaridad también se compensa y se aplica una reducción por donaciones a entidades del tercer sector del 25 % sobre una base máxima de 165 euros. Además, hay una deducción de hasta 165 euros por personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. Por su parte, hay deducciones de hasta 660 euros por donaciones relativas a mecenazgo deportivo, cultural, científico...; del 25 % por donaciones a determinadas entidades destinadas a I+D+i; del 25 % por donaciones en mecenazgo cultural, científico y tecnológico para los casos de proyectos o actividades culturales organizadas por la CAIB y sus entes públicos; y del 15 % por donaciones a entidades de fomento de la lengua catalana.
Cabe destacar que llega hasta los 6.600 euros por inversión en adquisición de empresas de nueva creación y hasta los 13.200 euros por inversión en sociedades con participación de centros de investigación o universidades.