El Tribunal Supremo desestima el recurso de un condenado por abusar de su hija que, desde la prisión, quería recuperar la vivienda que había sido común de la familia. La madre de la víctima huyó con ella y el resto de sus hijos y se instalaron en Mallorca después de denunciar lo ocurrido. En paralelo a la investigación penal por los abusos se produjo el divorcio del matrimonio y entonces, el juzgado atribuyó en exclusiva la vivienda familiar a la mujer. El inmueble permanecía vacío con uno de sus dueños cumpliendo condena y el resto de la familia a centenares de kilómetros ante la situación de abuso sexual padecida.
El recluso presentó hace dos años una demanda para recuperar él el uso de la vivienda y, de paso, dejar de pagar pensiones de alimentos a sus hijos que ya son mayores de edad. Su argumento es que la mujer se había marchado de ese inmueble cuando huyó por los abusos y que, por tanto, debía recuperar él su uso. La sentencia de primera instancia estimó de forma parcial la demanda y extinguió la pensión de alimentos hacia la víctima, que ya tenía cerca de treinta años al entender que ya goza de una independencia económica suficiente. Suspendía la obligación del pago para el resto, que son más pequeños mientras estuviera cumpliendo condena en la cárcel, más tarde, cuando obtenga la libertad deberá retomar el pago de la manutención. Sin embargo, mantenía el uso de la vivienda a la exmujer durante tres años. Después de ese plazo, la sentencia señalaba que se debía vender el inmueble y disolver la sociedad entre ambos cónyuges.
La resolución señalaba que el recluso tenía en propiedad otra vivienda en la que residía la nueva familia que ha formado después de la separación de la primera. De ahí, indica que el padre no ha demostrado que necesite utilizar el inmueble en disputa porque está en prisión y, además dispone de otra vivienda. Pese a todo, el padre presentó un recurso ante el Tribunal Supremo en el que alegaba la vulneración de numerosa jurisprudencia respecto a a la necesidad de la vivienda familiar, su uso y límites en el tiempo de uso. El Alto Tribunal inadmite su recurso porque considera que no hay ninguna jurisprudencia vulnerada y achaca al recurrente no ceñirse a lo que le indicaba la sentencia de instancia.
El apunte
Deberá retomar el pago de las pensiones
El procedimiento de divorcio de la pareja se tramitó en paralelo a la investigación penal de los abusos sexuales denunciados por la hija del acusado cuando esta tenía 16 años de edad. El procedimiento penal terminó con una condena firme y en el civil se atribuyó tanto la custodia de los menores como el uso del domicilio común a la madre. De hecho, cuando el condenado salga de prisión y vuelva a tener un trabajo remunerado tendrá que retomar el pago de las pensiones de alimentos a sus hijos aún sin independizar.