El Juzgado de Primera Instancia Número 17 (bis) de Palma -especializado en cláusulas suelo- ha condenado a una entidad bancaria a devolver a un cliente los gastos de formalización de la hipoteca -notaría, gestoría, Registro de la Propiedad y tasación del inmueble-, que ascienden a 1.630 euros más intereses.
En la sentencia, fechada en febrero de 2019, se estima íntegramente la demanda interpuesta contra Unoe Bank y se declara el «carácter abusivo» de las cláusulas de gastos, intereses de demora y vencimiento anticipado del préstamo. De esta manera, establece la «nulidad radical o de pleno derecho» de dichas cláusulas.
Cabe resaltar que esta resolución pude impugnarse mediante un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Palma.
Almudena Velázquez, la responsable legal del Departamento de Banca de reclamador.es, compañía que ha llevado este caso, explica que esta sentencia «saca a relucir las discrepancias en la judicatura» sobre las condiciones generales de la contratación relativas a la imposición de gastos al hipotecado».
Así, considera que la «inseguridad jurídica» al respecto es «muy elevada y los máximos perjudicados son los propios consumidores».
Tal como ha dicho, «pese a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en relación a los gastos de formalización, esa no es la solución impuesta por la normativa y sentencias europeas que obligan a la íntegra restitución de las cantidades pagadas como consecuencia de la declaración de una cláusula como abusiva».