Más de 1.900 empleadas del hogar de Balears que trabajan en distintas casas (de forma discontinua) pueden quedarse sin Seguridad Social si antes del 30 de junio no regularizan su situación.
La media de afiliados como trabajadores del hogar era en mayo de este año de 9.786,71, de las cuales 4.158,04 ya están cotizando en el Sistema Especial para Empleados del Hogar ahora incluido en el Régimen General; 3.681,45 todavía cotizaban como Regimen Especial del Hogar (a extinguir) con carácter continuo y estas pasarán automáticamente, a partir del 1 de julio, al Régimen General.
El problema lo tienen las 1.947 empleadas de hogar que cotizan en el antiguo régimen con carácter discontinuo (trabajan por horas y para distintos hogares) si sus empleadores a 30 de junio no han comunicado su incorporación al sistema especial dentro del Régimen General porque quedarán excluidas y, por consiguiente, se quedarán sin poder acceder a la atención médica y a las ventajas de disponer Seguridad Social.
Reforma
Las empleadas del hogar cobrarán en efectivo al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y por debajo de esta cantidad no será posible realizar descuento alguno por pagos en especies o en concepto de manutención y alojamiento, retribuciones que en cualquier caso no podrán superar el 30% del total. Hasta la entrada en vigor del decreto a las empleadas del hogar se les podía descontar hasta el 45% del salario mínimo, que asciende a 641,40 euros al mes, en concepto de manutención y alojamiento.
Entre otras novedades, el contrato con los trabajadores del hogar se formalizará por escrito, frente a la anterior regulación que permitía el contrato verbal. También se ha establecido el derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del salario mínimo en cómputo anual.
Todas las personas que tengan empleadas del hogar, con independencia de que la jornada de trabajo sea a tiempo completo o por horas y de que se tengan uno o varios empleadores, quedarán incluidos en el registro de empresarios de la Seguridad Social.
Se cotizará desde la primera hora de trabajo, al margen de cuantas horas se trabaje al mes y para cuántos empleadores.
Además ahora los empleadas del hogar tienen derecho a la prestación por incapacidad temporal, en los casos de enfermedad común o accidente no laboral, a partir del noveno día de la baja, a cargo de la Seguridad Social.