El conseller de Administraciones Públicas, Simon Gornés, ha negado hoy que el Govern obligue a los ayuntamientos a cambiar su topónimo al castellano y ha afirmado al respecto: «nada más lejos de nuestro ánimo que castellanizar la toponimia de las Islas Baleares».
Gornés ha rechazado la polémica derivada de la reforma de la Ley de Función Pública y ha negado que suponga la castellanización de los topónimos de las islas, en declaraciones facilitadas por el Govern.
El conseller ha explicado que la modificación planteada da libertad a los municipios para que puedan hacer cooficial el topónimo, de forma que no solo exista en su versión catalana, sino también en castellano, pero ha advertido de que «siempre habrá una dualidad de topónimo en las dos lenguas y como mínimo será siempre en catalán».
La modificación otorga a los consistorios la posibilidad de decidir si utilizan sólo el catalán o si combinan conjuntamente, en catalán y castellano los nombres de sus territorios, calles o núcleos de población. Sobre la acusación de que la reforma legal castellanizará los nombres de los municipios, Gornés ha insistido en que «nada más alejado de la realidad».
El cambio está incluido en la reforma de la Ley de Función Pública que se encuentra en exposición pública y cuya principal modificación es que el conocimiento del catalán deje de ser un requisito para acceder a la Administración, convirtiéndose en un mérito.
Según Gornés, con la reforma de la ley de Función Pública se pretende dar cumplimiento a un compromiso del programa electoral del PP, «quitar el requisito para el acceso a la función pública y que el catalán sea más un mérito», lo cual hará que se tengan que modificar algunos artículos de la ley de Normalización Lingüística.
El anteproyecto se ha elaborado sobre la base del reconocimiento de las lenguas cooficiales de Baleares que contemplan tanto el Estatuto de Autonomía como la Constitución. El texto también recoge la jurisprudencia de diversas sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional.
El Anteproyecto de Ley contiene cuatro disposiciones, de las cuales dos afectan otras leyes (Normalización Lingüística y Régimen Jurídico) que también deben cambiarse para que el texto sea coherente con el resto de la normativa relacionada con el uso y conocimiento de la lengua catalana.
En este ámbito es donde se establece que los topónimos de las Islas Baleares podrán tener como forma oficial la catalana, o bien la castellana y la catalana de forma conjunta, «con el acuerdo previo del pleno del ayuntamiento correspondiente» y por decisión de cada consell insular, con el asesoramiento de la Universidad de las Islas Baleares.
La Ley actual recoge que los topónimos de Baleares tienen como única forma oficial la catalana, y que corresponde al Govern determinar los nombres oficiales de los municipios, territorios, núcleos de población, vías de comunicación interurbanas en general, así como los topónimos de la Comunidad Autónoma, dejando a los consistorios solo la decisión sobre sus vías urbanas.
Según el Govern, el cambio descentraliza unas decisiones para que sean competencia de los propios ayuntamientos.