MARIA MARTÍN
La Conselleria d'Agricultura i Pesca del Govern balear sacará en
breve el primer decreto que regulará la pesca de artes menores en
las aguas interiores de las islas Balears. Lo más destacado de este
decreto es que prevé que el horario de estancia de los pescadores
en el mar sea de 16 horas cada día como máximo. Además establece un
descanso semanal de un mínimo de 30 horas consecutivas, ha
excepción hecha de las obligatorias paradas biológicas en las que
los aparejos de pesca deberán estar en tierra.
El decreto prohibe utilizar el palangre de profundidad en aguas interiores ya que se considera que este aparejo no es de arte menor y además se ha constatado que los recursos explotados con este tipo de palangre pueden serlo con otro útil, epalangró, que si está incluido en las artes menores y que es más selectivo. También se prohibe la pesca utilizando cualquier tipo de foco luminoso submarino. Otra de las novedades que presenta la normativa es la prohibición del desplazamiento de pescadores de una isla a otra sin poseer una autorización expresa de la Direcció General de Pesca. De igual modo se prohibirá la pesca con artes menores a más de 24 millas del lugar de amarre de la embarcación y estar fuera del puerto base más de 48 horas consecutivas, excepto por motivos extraordinarios.
La nueva normativa también impone condiciones para las embarcaciones que se dedican a la pesca de artes menores ya que no podrán superar los 10 GT de tonelaje ni los 160 C.V. de potencia. Entre las cuestiones que serán reguladas por el decreto figuran también las características técnicas y las condiciones generales de utilización que han de reunir las cuatro artes menores enmallar, parada, anzuelo y trampas) el balizamiento y la alternancia de artes y de los aparejos.
Quedan fuera de la normativa la pesca de la llampuga y de la langosta que se rigen por otras normas específicas. El nuevo decreto de Agricultura sustituirá a una normativa estatal del año 1981 por la que hasta ahora se regia este arte de pesca en las Balears.