La ley de cooperación para el desarrollo, elaborado por la Conselleria de Benestar Social y cuyo borrador ha sido entregado a todos los socios del Pacte, pretende que el Govern elabore cada cuatro años un plan director para marcar las prioridades de las ayudas que debe conceder el Govern a los países del Tercer Mundo. El Parlament deberá aprobar a principio de legislatura el plan director de cooperación. El borrador de la ley señala que «el plan director, de duración cuatrianual, debe ser elaborado por el Govern en los primeros seis meses de la legislatura, y debe contener las líneas generales y las directrices básicas de la política de cooperación para el desarrollo de la Administración autonómica de Balears».
«Estos planes "dice el borrador de la ley de cooperación" deben contener los objetos y prioridades y también los recursos presupuestarios indicativos que orientarán la actuación de la cooperación para el desarrollo durante su período de vigencia». Dicho plan director debe ser aprobado por el Parlament a propuesta del Govern, y con informe previo del Consell de Cooperació al Desenvolupament y de la Comissió Interdepartamental d'Acció Exterior. Los planes anuales deben desarrollar los objetivos, las prioridades y los recursos establecidos en el plan director. Estos planes deben contemplar los mecanismos y los criterios básicos para medir el impacto de la ayuda, evaluar y ejecutar estos planes y justificar y controlar el gasto, según propone el borrador de la ley de cooperación.
El texto establece que los objetivos de la cooperación para el desarrollo tiene como finalidad básica colaborar con los países más pobres del mundo, promoviendo mayores garantías de estabilidad y participación democrática. La cooperación para el desarrollo pretende impulsar la pobreza y, sobre todo, facilitar el acceso efectivo de bienes y servicios requeridos para satisfacer las necesidades humanas básicas. Además, el objetivo es dar apoyo a los pueblos beneficiarios para que consigan un desarrollo humano, integral y sostenible a partir de sus propias capacidades, y que sea respetuoso con el medio ambiente.
La ejecución de la cooperación debe regirse por los criterios de actuación siguientes: coordinación con la acción del resto de administraciones públicas españolas, las administraciones de otros países y, en especial, entre las administraciones de Balears, así como la corresponsabilidad entre los agentes de cooperación de Balears y los agentes sociales de los países donde se interviene, entre otros objetivos.
Para la mejor consecución de los fines y la mayor eficiencia de los recursos, las administraciones de Balears debe potenciar especialmente la realización de actuaciones conjuntas o en régimen de cofinanciación, y pueden desarrollar programas o proyectos comunes con aportaciones de fondos para las distintas administraciones participantes. Una disposición adicional del borrador de la futura ley de cooperación también establece la posibilidad de establecer nuevos incentivos fiscales para las organizaciones no gubernamentales al desarrollo, al margen de los beneficios que ya fija el Gobierno central.