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Los ayuntamientos deberán nombrar un «coordinador» para el cambio a euros

El Consell y los municipios han constituido una Comisión de Seguimiento

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Los ayuntamientos de las Islas deberán nombrar un «coordinador» del cambio a euros que se responsabilice de la coordinación entre su ayuntamiento y el Consell Insular para facilitar el proceso de cambio a la moneda única. El Consell de Mallorca, a través del Consorcio de Informática Local, se ha puesto en contacto con todos los ayuntamientos para poner en marcha el proceso de adaptación del cambio a la moneda única. Para este fin se ha constituido una comisión de seguimiento, formada por miembros del Consell, del Consorcio de Informática y de los ayuntamientos, que ha dirigido a los municipios una serie de recomendaciones entre las que figura la elaboración de un plan de adaptación al euro.

A juicio del Consell, este plan debe incluir la relación de trabajos que deberán desarrollarse para la adaptación al funcionamiento de la nueva moneda, un inventario de normas y procedimientos que deben modificarse, la indicación de los agentes implicados y de los responsables de su puesta en marcha, el calendario de implantación, el coste de adaptación y un plan de formación dirigido a todo el personal de la Corporación. Todo ello puede ir acompañado de un plan de comunicación externa, si se quieren llevar a cabo actuaciones de difusión e información a los ciudadanos.

El Consell pretende que todos los ayuntamientos tengan todas las aplicaciones informáticas, la normativa, los modelos de documentos y todos los cambios pertinentes a lo largo del mes de octubre. De esta forma, los municipios y el Consell dispondrán de dos meses para realizar pruebas y tener controlados posibles imprevistos.

El inventario que realicen los ayuntamientos debe recoger desde los programas informáticos que se vean afectados hasta el material de gestión municipal que puedan tener cambios por el euro. También se han de recoger todos aquellos documentos que hagan relación a las cantidades en pesetas, especialmente aquéllos que necesiten de aprobación por parte del pleno de la Corporación o de la Comisión de Gobierno, como es el caso de las tasas y de los impuestos municipales.

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