El Tribunal Constitucional ha decidido levantar la suspensión de los tres artículos de las Directrices de Ordenación del Territorio que fueron recurridos por el Gobierno central el pasado 17 de julio. El Constitucional, que no entra a valorar en su auto si estos tres artículos son o no inconstitucionales, sí da la razón al Parlament y al Govern en que no es necesario mantener la suspensión mientras se decide el fondo del asunto.
El Gobierno recurrió dos de estos artículos al considerar que su aplicación supone de manera inmediata que las obras de infraestructura aeroportuaria del Estado se vean impedidas y sometidas a un informe vinculante de la Comunitat.
El Gobierno consideraba en su recurso que la ordenación aeroportuaria es competencia estatal y las limitaciones que entrañan las Directrices pueden traer consigo perjuicios irreparables para los intereses del Estado, para los usuarios del aeropuerto y para las compañías aéreas. También considera que lo mismo puede suceder con otras actuaciones de competencia estatal que deben recibir el informe vinculante de la Comunitat.
Govern y Parlament defendían que estos perjuicios no se producen dado que se ha producido una reciente ampliación del aeropuerto. El Constitucional asegura que el criterio del Gobierno de José María Aznar «no puede ser compartido» ya que no existe un plan nacional de aeropuertos elaborado por lo que «no puede alegarse la existencia de un perjuicio cierto y constatable, sino, a lo más, futuro e hipotético».