La Audiencia Provincial de Palma condenó a Jordi Avellà a la pena de cuatro años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público, así como al pago de las costas del juicio, como autor responsable de un delito contra el deber de cumplimiento de la prestación social sustitutoria. Avellà, de 21 años, electricista de profesión y objetor de conciencia, tenía que cumplir la prestación social en la pasada Universiada de Palma 99, pero no lo hizo.
«No podía arriesgarme a perder mi empleo y, además, no estaba de acuerdo con realizar esos trabajos», dijo Avellà, que durante cuatro años estará inhabilitado para desempeñar cualquier cargo al servicio de las Administraciones, no recibirá subvenciones, becas o ayudas públicas de cualquier tipo.
El tribunal señala que «una cosa es el derecho que se reconoce a no realizar el servicio militar, pero la otra diferente es que no se reconoce el derecho a negarse a realizar la prestación social sustitutoria. Los servicios de este programa suponen actividades que no violentan las convicciones personales de los que se oponen al servicio militar, al carecer de esta última naturaleza». Añade que el acusado «es responsdable del delito que se le imputa, en concepto de autor, al haber ejecutado los hechos directa y voluntariamente, mediante la conducta básica sancionada penalmente, consistente en rehusar el cumplimiento de la prestación antes de su incorporación señalada, negándose exteriorizadamente a cumplirla en el destino y en los plazos previstos».