Síguenos F Y T L I T R
28M: elecciones municipales

Piden a la Fiscalía comprobar si es legal que Bildu presente a 44 condenados

El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, acompaña a los candidatos a la presidencia del Gobierno de Navarra y al Ayuntamiento de Pamplona, Laura Aznal y Joseba Asiron, respectivamente, de izquierda a derecha. | Efe - Jesús Diges

| Madrid |

Dignidad y Justicia (DyJ) ha pedido a la Fiscalía que compruebe si la inclusión en las lista de EH Bildu de 44 candidatos condenados por terrorismo, siete de ellos por asesinato, cumple con lo establecido en la Ley de Partidos Políticos, y si realmente tienen liquidadas sus penas de inhabilitación como exige la Ley electoral para concurrir a los comicios.

A juicio de la asociación que preside Daniel Portero, hijo del que fuera fiscal jefe en Andalucía Luis Portero, asesinado por ETA, estas candidaturas pueden suponer «un flagrante incumplimiento» de la Ley de Partidos Políticos, «al incluir la formación política EH Bildu en sus listas a personas condenadas por terrorismo», lo que daría lugar «a su ilegalización».

En un escrito de denuncia, al que ha tenido acceso EFE, esta asociación de víctimas del terrorismo reclama a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que proceda «a la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias y con la máxima diligencia, dado que están concurriendo a las elecciones municipales y autonómicas en el País Vasco sujetos que han sido condenados por delitos de terrorismo».

Dignidad y Justicia señala también que la concurrencia a las elecciones de los siete etarras que fueron condenados por asesinato, «en los propios municipios en los que cometieron los asesinatos y viven sus víctimas», causa ya de por sí «humillación y vilipendio» a las víctimas del terrorismo. Solicita así a la Fiscalía que lidera Jesús Alonso, que realice todas las averiguaciones pertinentes para determinar si estos 44 condenados por terrorismo tienen cumplida o no su pena de inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público impuesta por sentencia firme. De este modo, indica el escrito, se podrá determinar si esos candidatos está incursos «en causa de inelegibilidad» del artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Dignidad y Justicia pide en concreto que se constante si ha existido algún «fallo por parte de la Administración de Justicia en la ejecución de las sentencias impuestas a dichos sujetos, como en otras ocasiones ha ocurrido» en lo que se refiere al cumplimiento de las penas de inhabilitación. Recuerda que así sucedió con la candidatura del líder de Bildu Arnaldo Otegi cuando concurrió a las elecciones en 2016 tras cumplir condena de prisión por el caso Bateragune, el intento de reconstruir la ilegalizada Batasuna por el que fue condenado a diez años de cárcel por integración en organización terrorista. En aquella ocasión, Dignidad y Justicia también denunció su inclusión en listas electorales sin tener cumplida en su totalidad la pena de inhabilitación.

En concreto presentó una lista de 47 condenados por dichos delitos, entre ellos Otegi, que fue atendida por parte del entonces presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y que llevó a las diferentes secciones que les juzgaron a calcular la liquidación de sus respectivas condenas.

Como consecuencia de esa liquidación, recuerda el escrito, la Junta Electoral de Guipúzcoa acordó finalmente excluir a Otegi como candidato de la candidatura de EH Bildu al Parlamento vasco en 2016. «En atención a esos antecedentes, esta asociación cree que es posible que alguno de estos 44 candidatos tenga pendiente de cumplimiento esa pena de inhabilitación para empleo o cargo público, lo que sería causa de inelegibilidad del artículo 6.2 LOREG», o constititutivo de un delito de «quebrantamiento de condena, prevista y penada en el artículo 468 del Código Penal».

Relacionado
Lo más visto