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Auditar las ayudas COVID

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Desde el pasado 8 de enero, las empresas de Balears ya conocen cuál va a ser el trabajo que los auditores, que hayan designado, van a realizar en relación con cómo han destinado el dinero que el Govern balear les ha concedido en concepto de ayudas COVID. Durante los meses de septiembre y octubre de 2021, principalmente, las empresas en Balears recibieron más de 825 millones de euros.
Durante el mes de junio de 2021, las empresas de Balears estuvieron trabajando intensamente en preparar la documentación necesaria para presentar la solicitud que les diese acceso a las ayudas directas estatales que se concretaron en unos 855 millones de euros para paliar los efectos de la pandemia. Estas ayudas recibidas han sido de carácter finalista, y su destino ha sido el abonar las deudas o pérdidas contables que cumplan determinados requisitos y así mejorar su dañada situación en términos de tesorería, en el marco de las medidas estatales extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de COVID-19.

Una vez se solicitaron las ayudas por parte de las empresas, se revisó el cumplimiento para dicha solicitud y se decidió las cantidades a destinar a las empresas demandantes. Fue a partir del mes de septiembre que se empezaron a obtener estas ayudas, en algunos casos hasta de 600.000 euros. Una vez cobradas las ayudas, se sabía que iba a ser necesario justificar las deudas y los gastos subvencionables. Las empresas que han recibido 60.000 euros o más necesitarán justificar los gastos imputables a estas subvenciones concedidas presentando un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas que depende del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas que revise, a través de unos procedimientos a realizar, que el destino de la ayuda es para el pago de los gastos subvencionables establecidos. En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor, la revisión se llevará a cabo por el mismo auditor. En cambio, si el beneficiario no está obligado a auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor será realizada por dicho beneficiario de la ayuda. Por lo tanto, para estas empresas beneficiadas, el papel del auditor está siendo y va a ser relevante. El auditor en un informe plasmará las conclusiones que ha obtenido después de aplicar una serie de procedimientos concretos y acordados previamente con la empresa, pero fijados en la Orden mencionada del 8 de enero de 2022. Se deberá analizar si las ayudas recibidas han tenido como destino los gastos adecuados.

¿Qué tipo de informe va a realizar el auditor? Debemos dejar claro que no será un informe de auditoría de cuentas anuales, sino que va a ser un informe que en la práctica profesional es denominado informe de auditoría de procedimientos acordados, en que el alcance se limita a verificar que esa ayuda ha ido destinada a los gastos que la normativa del Govern balear considera subvencionables. Por lo tanto, tenemos a través de estos procedimientos acordados, entre los que se incluyen muestras ya establecidas, que revisar la exactitud, corrección, naturaleza del gasto y la documentación que soporta la transacción que genera ese gasto y/o la deuda.

Una importante reflexión sobre la calidad de este servicio. El auditor en cada empresa debe estudiar y conocer su caso en particular, para hacer el trabajo con la profundidad y rigurosidad que garantice a esta la seguridad de haber cumplido con los requisitos para recibir la ayuda del Govern. La tarifa del auditor debe estar en relación con el trabajo realizado. No es lo mismo analizar diez facturas que 700, por lo tanto, no tiene sentido una tarifa plana. Como en la mayoría de los servicios profesionales, lo barato puede salir caro. Invertir en calidad es invertir en tranquilidad.

Ha habido profesionales de la auditoría que no han tenido la paciencia necesaria y no han esperado a la Orden del 8 de enero donde determina el marco de actuación del auditor para este tipo de trabajo, y han emitidos sus informes antes del 8 de enero. Evidentemente, estos informes no aplican lo que pide la Orden del Govern balear respecto los procedimientos a aplicar, por lo que se incurre en un potencial riesgo respecto la justificación de la ayuda recibida.

En Balears, el colectivo de auditores ya llevamos tiempo trabajando con las empresas con el fin de ir asesorando y preparándolas para cuando llegase el momento de tener un marco normativo que determinase nuestro papel como auditores (Orden del 8 de enero de 2022) en relación con estas ayudas y los gastos relacionados y así cubrir el requisito de justificación que desde el Govern balear se les requiere. Y estamos a la disposición de todas aquellas que aún no han empezado y quieran comenzar a preparar este proceso de justificación obligatorio en algunos casos. Con carácter general y mayoritario el plazo de presentación del informe del auditor es el 30 de junio de 2022.

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