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Ley de microcooperativas de Balears

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El pasado 15 de enero el Parlament aprobó el proyecto de ley de microcooperativas de las Illes Balears. La iniciativa legislativa contó con el apoyo unánime de todos los grupos parlamentarios, que votaron también, en lectura única, aplicar el procedimiento directo al proyecto de ley. Las cooperativas de trabajo, que siempre han sido minoritarias y poco representativas en número respecto a las otras formas de constituir empresas, reciben así un impulso importante y necesario.

Con esta ley se pretende adecuar los requisitos para la constitución de una sociedad cooperativa a la naturaleza y circunstancias de las medianas y pequeñas empresas, impulsando la creación de pequeñas cooperativas y acercando este modelo de empresa a los grupos de promotores de dos o más socios. Bajo estas premisas ve la luz una iniciativa promovida por UCTAIB y contemplada en el Plan de Impulso de la Economía Social de Baleares, que tiene por objetivo potenciar el emprendimiento y el empleo en empresa de economía social.

No se trata de regular una nueva clase de cooperativa, sino de adaptar la legislación actual buscando simplificar su regulación y adecuándola, en la medida de lo posible, a las cooperativas de reducido tamaño.

En los últimos años se ha experimentado, en el seno de las instituciones de la Unión Europea, una progresiva sensibilización hacia la adopción de diversas iniciativas orientadas a favorecer la simplificación de los condicionantes precisados para la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

El sector cooperativo no solo no puede ser ajeno a estos cambios, sino que debe constituir un ámbito que favorezca el emprendimiento de las pequeñas cooperativas en su condición de agentes creadores de más empleo, empleo de más calidad y bajo formas de autogestión.

La ley consta de 13 artículos, tres disposiciones adicionales y una disposición final. La normativa permite la constitución de cooperativas con un número mínimo de dos socios. La norma, además, permite hasta un máximo de diez personas socias trabajadoras indefinidas.

Otros aspectos destacables son la ampliación de los límites a la contratación de trabajadores por cuenta ajena, que permite la incorporación de socios de duración determinada durante los siete primeros años de existencia de la cooperativa, y la simplificación y agilización de los trámites para constituir una cooperativa mediante la puesta a disposición de modelos de estatutos sociales estandarizados.

Por la experiencia de aplicación en otras regiones donde ya se han desarrollado iniciativas en esta dirección, los responsables del movimiento cooperativo balear esperan que, como consecuencia de esta nueva ley, se incremente notoriamente el número de cooperativas que se constituyan en nuestra comunidad.

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