El Gobierno Vasco flexibilizará el sistema de asignación de perfiles lingüísticos en el sector público y permitirá que las administraciones que trabajan en euskera, al igual que ocurre con otras autonomías con lenguas cooficiales y con el Gobierno central en pruebas estatales que han de realizarse en inglés, puedan realizar pruebas en euskera a los candidatos a acceder a un empleo público en el que sea necesario el conocimiento de esta lengua.
Estás medidas se recogen en el nuevo 'Decreto de Normalización del Uso del Euskera en el Sector Público Vasco', que será aprobado en el próximo Consejo de Gobierno del Ejecutivo autonómico. El nuevo texto se ha adaptado a las recientes sentencias judiciales contra normas relativas al tratamiento del euskera en las administraciones vascas y ha sido aprobado por unanimidad por la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, por lo que se considera que cuenta «con la necesaria seguridad jurídica».
El nuevo decreto sustituirá al vigente, que data de 1997, y adaptará los criterios de normalización lingüística a los «nuevos tiempos», según la documentación relativa a esta norma a la que ha tenido acceso Europa Press. El objetivo es garantizar los derechos lingüísticos de toda la ciudadanía y profundizar en el uso del euskera a través de medidas «flexibles, progresivas y factibles».
El decreto ha sido contrastado con todos los departamentos del Gobierno Vasco con personal público, así como con los partidos del Parlamento, las tres diputaciones forales, Eudel, sindicatos o asociaciones, con el fin de lograr el «máximo consenso» para dar nuevos pasos en la normalización del euskera de manera «progresiva, flexible».
A través de este texto se pretende garantizar el cumplimiento de los derechos lingüísticos de la ciudadanía, dado que, según la última encuesta sociolingüística elaborada en torno a este asunto, el 67% de la población de 16 o más años se muestra partidario de fomentar el uso del euskera.
En este contexto, la nueva norma trata de que más allá de lengua de servicio, se haga «hincapié» en el euskera como lengua de trabajo. A su vez, se trata de integrar el euskera en la gestión administrativa, así como coordinar el proceso de normalización lingüística de todas las entidades públicas.
Para el cumplimiento de todos estos objetivos, el decreto toma en consideración la realidad o punto de partida de cada entidad o institución. El texto se basará en la «progresividad», puesto que el anterior decreto demostró que la normalización del uso de euskera «no se consigue de un día para otro». De esa forma, se ha optado por establecer un plazo de nueve años para que las instituciones y entidades afectadas se adapten al decreto.
Además, y dado que las entidades que conforman el sector público son diversas y su punto de partida es diferente, el decreto permite adoptar medidas «con flexibilidad». Por otra parte, el texto faculta a las entidades afectadas a tomar sus decisiones «en función de su situación sociolingüística».
Está nueva norma también ampara el derecho de los trabajadores a disponer de los recursos necesarios para «adaptarse y alcanzar sus objetivos lingüísticos». Dicho amparo se extiende al personal que trabaja de cara al público en empresas privadas contratadas por el sector público. En este último caso, la responsabilidad recae en la administración contratante del servicio, que deberá planificar y dotar económicamente el proceso de normalización lingüística mediante pliegos de condiciones.
El decreto tendrá un nuevo ámbito de actuación, dado que el conjunto del sector público --integrado por unos 140.000 empleados-- estará sujeto a la nueva regulación. Las entidades incluidas en el nuevo ámbito de actuación incidirán principalmente en el personal de atención al público. El plazo de adaptación será de nueve años, teniendo en cuenta las características propias de las entidades que integran este sector.
Los criterios lingüísticos establecidos en el ámbito municipal se generalizarán a todo el sector publico. Estos criterios están recogidos en el 'Decreto de Entidades Locales', y entre ellos se incluyen los relacionados con la lengua de servicio, lengua de trabajo, imagen institucional y relaciones institucionales
La nueva norma propone una guía o modelo a seguir por el resto de entidades para las planificaciones a elaborar en cada una de ellas. En todo caso, ya hay entidades del sector público que ya tienen su plan de euskera.
Por otra parte, se establece un sistema «más flexible» de asignación de perfiles lingüístico. De esa forma, los perfiles se desglosarán en función de la competencia de comprensión y expresión de la lengua: comprensión lectora y expresión escrita, por un lado; y comprensión auditiva y expresión oral, por otro. Esto permitirá la adaptación a la realidad de cada entidad y la realización del proceso de normalización del euskera de forma flexible.
El decreto recoge tres tipos de perfiles lingüísticos (simétricos, asimétricos y parciales). En el perfil 'simétrico', la competencia exigida para un puesto de trabajo es la misma para la comprensión lectora-expresión escrita que para la comprensión auditiva-expresión oral (así era también en el decreto anterior).
El perfil 'asimétrico' es aquel en el que las competencias orales y escritas correspondientes a un determinado puesto de trabajo están muy desequilibradas. Este caso está dirigido, fundamentalmente, a entidades públicas que hasta ahora no estaban sujetas al decreto anterior (se centrarán sobre todo en el personal de atención al público).
El perfil 'parcial' es aquel en el que no se puede acreditar una determinada competencia. Esta vía estará reservada para personas con discapacidad física o sensorial.
En todo caso, este decreto no establece el número ni el nivel de perfiles lingüísticos exigibles al personal. Este tema queda en manos de cada entidad. La persona contratada no estará obligada a acreditar el perfil lingüístico del puesto de trabajo cuando concurran circunstancias excepcionales, imprevisibles y debidamente justificadas por la entidad, que requieran una cobertura inmediata y urgente del puesto.
También se establecerán nuevas vías de acreditación del nivel de euskera. Así, se podrá acreditar la competencia en euskera tanto en el proceso selectivo (siempre que la prueba se realice en euskera y se supere), como en el propio puesto de trabajo (siempre que se demuestre que el trabajador es capaz de desempeñar las funciones orales y escritas del puesta en un euskara correcto y adecuado).
A su vez, se mantienen las tres vías existentes: aprobar los exámenes del IVAP, convalidar otros títulos (de HABE de las Escuelas Oficiales de Idiomas...) o ser eximido por haber realizado los estudios en euskera
Las entidades que trabajan en euskera podrán realizar a los candidatos o candidatas una prueba o parte de ella en euskera. El objetivo es comprobar la idoneidad del candidato y sus destrezas lingüísticas, dado que se va a incorporar a una plantilla que realizará sus tareas en euskera.
Esta práctica ya se realiza en otras comunidades autónomas del Estado con lenguas cooficiales, como en Cataluña o Galicia, así como en ciertas oposiciones estatales en las que las pruebas deben realizarse en inglés u otras lenguas. Esta opción dependerá, en todo caso, de cada administración pública.
Entre las materias que no se experimentan cambios respecto a la norma anterior se encuentra el índice de preceptividad (número de puestos de trabajo con euskera obligatorio), que se calculará siguiendo la misma fórmula. Cuando el perfil lingüístico no sea obligatorio, se valorará como mérito en la misma proporción que hasta ahora. Además, se mantienen las exenciones de acreditación por edad (45 años) u otros motivos.