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Condenado un empresario a la "pena mínima" de dos años de cárcel por una ayuda de los ERE de dos millones de euros

La suspensión o no de su condena a cárcel queda ceñida a que acredite capacidad para pagar dos millones de responsabilidad civil

Archivo - Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla. | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

| Sevilla |

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha resuelto este lunes mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, el juicio de la pieza separada de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y ayudas arbitrarias y sin publicidad financiadas por la Junta de Andalucía durante la era de los gobiernos socialistas, a cuenta de presuntos delitos de prevaricación y malversación en las subvenciones concedidas a la empresa Elaborados Cárnicos Andaluces.

En noviembre de 2019, el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, acordaba continuar como procedimientos abreviado las diligencias previas por presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación contra el dueño de las empresas Martínez Barragán S.A. y Elaborados Cárnicos Andaluces, relativa a las ayudas por valor de dos millones de euros que habrían recibido estas empresas «de manera arbitraria y fraudulenta» por parte de la Dirección General de Trabajo a través de la agencia IDEA y con cargo a la partida presupuestaria 31L, usada para la financiación de los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas.

Ahora, el empresario Manuel M.B., único acusado en esta causa, se ha sentado en el banquillo de los acusados para la celebración del juicio, al comienzo del cual la fiscal del caso ha anunciado un acuerdo de conformidad con la defensa del inculpado, consenso al que se han sumado el resto de acusaciones, que eran la Junta de Andalucía a título particular y el PP andaluz a título popular.

Las "penas mínimas" posibles

Fruto de dicho acuerdo, la Fiscalía ha modificado su escrito de acusación, aplicando la redacción del delito de malversación «más favorable al acusado» que recoge el Código Penal, tras lo cual ha concretado que pide para él las «penas mínimas» posibles como cooperador necesario de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos, apreciando la atenuante de dilaciones indebidas.

Más al detalle, ha reclamado para el acusado tres años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación y dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación absoluta por un delito de malversación, así como el pago de dos millones de euros en concepto de responsabilidad civil.

Tras aceptar el acusado estas penas y declarar verbalmente el tribunal la condena, su defensa ha solicitado la suspensión de la pena de prisión a condición de que no vuelva a delinquir, si bien la Fiscalía ha solicitado resolver dicha petición en la fase de ejecución de la sentencia, una vez pese un «calendario y compromiso de pago» de la responsabilidad civil asumida, dada la «envergadura» de la misma al alzarse a dos millones de euros.

Acreditar suficiente "capacidad económica"

La fiscal del caso ha pedido así ceñir la suspensión de la pena de cárcel del acusado a que el mismo «acredite su capacidad económica» para hacer frente a dicha responsabilidad civil.

Ante ello, el tribunal ha resuelto «aplazar» a la fase de ejecución de sentencia su decisión sobre la suspensión o no de la pena de cárcel de Manuel M.B., en función de si el mismo acredita solvencia económica para satisfacer los dos millones de euros de responsabilidad civil que ha aceptado abonar.

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