El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes un decreto ley para regular los procesos derivados de la Ley estatal 20/2021 de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, por los que se debe regir la estabilización de plazas en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la Administración General de la Junta.
La nueva norma establece en los casos que el concurso-oposición sea el sistema de acceso, el peso del examen y los méritos en cada caso, al tiempo que adopta medidas para agilizar la resolución de los procesos selectivos, entre ellos, también los de Educación.
Según la Junta, el decreto ley persigue dotar de seguridad jurídica el marco normativo en el que se desenvolverán los distintos procesos de estabilización en cada ámbito concreto, ya que suponen en determinados aspectos una alteración del régimen ordinario que regula el proceso selectivo.
En cualquier caso, la Junta detalla que este proceso se agotará con su propia resolución puesto que, una vez concluidos, los sistemas de provisión y selección ordinarios que se utilicen posteriormente deberán ajustarse a lo establecido en las normas generales que, en desarrollo de la normativa básica estén vigentes en cada sector.
Valor del examen y el concurso de méritos
Así, para las convocatorias de estabilización del SAS y la Administración General de la Junta el texto establece que cuando el sistema de selección sea el concurso-oposición, este constará de una fase de oposición eliminatoria basada en un único ejercicio teórico-práctico.
En el caso de la Administración General, el examen valdrá un 60% y el concurso de méritos un 40%, mientras que en el SAS cada fase valdrá un 50%. En la baremación de méritos, los criterios profesionales pesarán 75% y 70% respectivamente -especialmente la experiencia como interino en un puesto del mismo cuerpo y categoría al que se desea optar, si bien el tiempo trabajado en un puesto diferente también se valorará-.
Otros méritos como ejercicios superados en procesos selectivos del mismo cuerpo, cursos de formación o títulos académicos distintos al exigido se valorarán hasta un 25% en el caso de la Administración General y un 30% en el SAS.
No obstante, el Decreto ley establece «con carácter excepcional y por una sola vez» la convocatoria de concurso de méritos para estabilizar aquellas plazas ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016. En este caso, los méritos profesionales se valorarán hasta un 60% y el resto hasta un 40% tanto para plazas de la Administración General de la Junta como del SAS.
El texto también fija medidas para agilizar la resolución de los procesos selectivos de estabilización tal y como exige la norma estatal. Para ello, se acortan algunos plazos y se establece la vía telemática para presentar toda la documentación exigida, tanto para el acceso al examen como para la baremación de méritos, e incluso se prevé celebrar en un acto único la oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y la petición de destinos una vez publicadas las listas definitivas de los aspirantes seleccionados, así como la aportación de un autobaremo adjunto a la solicitud en los concursos.
Asimismo, estos criterios «inspirarán las propuestas que las entidades instrumentales sometan a la negociación colectiva» a la hora de convocar los procesos selectivos de estabilización en cada una de ellas. En el caso de los procedimientos selectivos para estabilizar plazas de los cuerpos docentes, se modifica la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía en materia de selección del profesorado, ya que la misma establece que la fase de prácticas tendrá una duración de un curso académico.
Según la Junta, con este decreto podrá tener una duración inferior, a precisar en las correspondientes convocatorias, ya que de lo contrario no sería posible finalizar los procesos de estabilización en estos cuerpos antes del 31 de diciembre de 2024, fecha tope otorgada por la Ley estatal.
Resueltas antes de 2025
De hecho, la Ley estatal 20/2021 obliga a las administraciones públicas a convocar procesos selectivos para estabilizar plazas estructurales ocupadas temporalmente de forma ininterrumpida durante al menos los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020.
La norma obliga que las convocatorias de estas plazas deberán publicarse antes del 31 de diciembre y estar resueltas antes del 31 de diciembre de 2024, lo que exige aprobar las medidas necesarias para regular los procesos selectivos «con urgencia y rapidez» para cumplir los plazos establecidos. Según la Junta, todo ello justifica la vía del Decreto Ley para fijar los criterios comunes aplicables a los procesos selectivos.
Siguiendo la Ley 20/2021, la Junta ya ha aprobado la oferta de empleo público relativa a más de 17.800 plazas (14.316 del SAS, 2.960 de Educación y 578 de la Administración General de la Junta). A ellas hay que añadir 3.700 de los entes instrumentales (cuya regulación es objetivo de negociación colectiva en cada una de las entidades) y más de 500 de las agencias sanitarias integradas en el SAS.
En total, las convocatorias en que será de aplicación directa esta norma corresponden a más de 23.950 plazas dado que a las anteriores 17.800 plazas detalladas anteriormente se le suman las más de 6.100 plazas de estabilización pendientes de convocar del sector educativo y que serán también estabilizadas en procesos extraordinarios regidos por la ley estatal 20/2021 si bien el compromiso de la Junta de Andalucía con la reducción de la temporalidad en el empleo público es anterior a esta norma del Gobierno de España.
La Junta recuerda que, mediante ofertas ordinarias y extraordinarias, en los últimos cuatro años se han estabilizado en Andalucía más de 61.000 plazas (4.200 de la Administración General, más de 42.000 de personal sanitario y más de 16.900 en el sector educativo). Junto a estas plazas, de aquí al 31 de diciembre de 2024 y considerando el conjunto del sector público instrumental, pasarán a tener la condición de personal funcionario de carrera o laboral o estatutario fijo más de 27.000 trabajadores públicos.
Colectivo prioritario para el nombramiento de interinos
Tal y como prevé la ley estatal, el decreto ley regula la creación de bolsas de trabajo específicas derivadas de los procesos selectivos de estabilización con aquellas personas que se hayan presentado a los mismos y no lo hayan superado, pero sí hayan obtenido la puntuación que se considere suficiente en cada convocatoria.
Según la Junta, estas bolsas tendrán preferencia respecto a las ordinarias vigentes para ocupar interinidades, si bien estarán operativas solo hasta que se convoque una nueva oferta de empleo público ordinaria del cuerpo, especialidad, opción o subopción correspondiente y se constituya la bolsa derivada de la misma.
La Junta es consciente de que la resolución de estos procesos selectivos y la consiguiente incorporación de nuevos funcionarios de carrera implicará el cese de interinos con amplia experiencia profesional que es necesario aprovechar en aras de la calidad y eficiencia de los servicios públicos. Por ello, el decreto ley establece, con carácter temporal, un colectivo prioritario para el nombramiento de interinos en la Administración General mientras se resuelven definitivamente los procesos de estabilización y se crean las bolsas específicas correspondientes.
Así, hasta el 31 de diciembre de 2024, tendrán preferencia aquellas personas con más de 15 años de experiencia que hayan cesado con posterioridad al 1 de enero de 2022 siempre que hayan participado en los procesos selectivos de estabilización convocados para el cuerpo y especialidad en el que desempeñaron su última labor en la Junta.